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domingo, 13 octubre, 2024
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    Atentado a Cristina Kirchner: Casación y un fallo que no sorprende a nadie

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    La Cámara Federal de Casación Penal declaró “inadmisible” el recurso con el que la querella de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner había solicitado el apartamiento del fiscal Carlos Rívolo de la causa en la que se investiga el intento de atentado en su contra. En un dictamen de dos votos contra uno, la Sala II del máximo tribunal penal del país mantuvo la decisión tomada en primera instancia por la jueza federal María Eugenia Capuchetti y luego por la Cámara Federal porteña, en una decisión unipersonal del camarista Leopoldo Bruglia.

    La querella de la vicepresidenta había reclamado el apartamiento del fiscal tras señalarlo como el supuesto responsable de la presunta filtración del dato de que Ivana Bohdziewicz, ex secretaria del diputado nacional Gerardo Milman, había pedido ampliar su declaración testimonial en el marco de la causa en la que se investiga la tentativa de homicidio. Los abogados querellantes Macros Aldazabal y José Manuel Ubeira habían acusado al fiscal por la posible “filtración” de información de la causa a abogados presuntamente vinculados con Milman.

    La ampliación de declaración de Bohdziewicz se demoró por una licencia por viaje de Rívolo y durante los días que pasaron entre su pedido de declaración y la testimonial, la ex secretaria de Milman recibió mensajes y llamados insistentes por parte de su ex compañera Carolina Gómez Mónaco –quien aún trabaja con Milman y fue funcionaria durante la gestión de la ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich–. Por eso, los abogados querellantes señalaron a Rívolo por poner “en riesgo” a la testigo.

    Aldazabal y Ubeira sostuvieron que, durante 24 horas, el dato de que Bohdziewicz quería ampliar su testimonial estuvo supuestamente solo en manos de la fiscalía y que en ese ínterin se enteraron personas cercanas a Milman que intentaron saber por dónde iría la declaración.

    Sin embargo, la Sala II de la Cámara Federal, con los votos de los jueces Guillermo Yacobucci y Ángela Ledesma, decidieron desestimar el pedido. El magistrado Alejandro Slokar votó en disidencia por entender que “prima facie aparecen satisfechas las condiciones de admisibilidad”, lo que hubiera permitido dar tratamiento al asunto.

    En su voto, el juez Yacobucci sostuvo que “la vía intentada no resulta procedente, en atención a que la parte no rebate de manera completa y acabada todos y cada uno de los argumentos tenidos en cuenta en la resolución recurrida, limitando la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio”.

    “El pronunciamiento atacado ha sido dictado por la Cámara de Apelaciones en su carácter de órgano revisor de las resoluciones emanadas de los magistrados, es decir que en el caso existe doble conformidad judicial”, enfatizó Yacobucci.

    Por su parte, la jueza Ledesma, sostuvo: “Comparto la posición del juez Yacobucci en punto a la inadmisibilidad de la vía intentada toda vez que en el caso existe doble conformidad judicial, a la vez que la querella no ha logrado demostrar la invocada cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio”.

    Fuente: Pagina 12

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