El Registro Provincial de las Personas ya está facultado a admitir solicitudes de matrimonio de ciudadanos extranjeros que visiten Misiones, cuya prueba válida de residencia transitoria, será la fotocopia del pasaporte certificado por un notario, donde figure una dirección de referencia local.
Así lo decidió el ministerio de Gobierno al dictar la Resolución 452, publicada ayer en el Boletín Oficial de Misiones, que adhiere a la Ley 25.781, artículo 1°, en el aprobado Código Civil y Comercial de la Nación. La norma unifica criterios interpretativos de aplicación vinculados a actividades registrales y evita que se judicialicen actos considerados discriminatorios. Es que el sólo hecho de ser habitante territorial, permite a cualquier individuo, independientemente de su origen nacional, ejercerlos en igualdad de condiciones con los nacionales del país. Otro de los objetivos que expresa la norma, “es erradicar la discriminación basada en la orientación sexual”.
La ley distingue dentro de la categoría de admisión de extranjeros, a residentes permanentes, temporarios y transitorios. Además, reconoce la categoría residente precario cuya validez será de 180 días con posibilidad de renovarse. El permiso, habilita al extranjero a permanecer, salir, reingresar al territorio nacional para trabajar y estudiar.
Los extranjeros que ingresen al país como residentes transitorios -la categoría temporal más efímera- serán admitidos como turistas, pasajeros en tránsito, tránsito vecinal fronterizo, tripulantes de transporte internacional, trabajadores migrantes estacionales, académicos o por tratamiento médico.
El visitante que ingrese el país, tendrá derecho a contraer nupcias conforme a las leyes sin que la nacionalidad pueda ser opuesta como un obstáculo normativo o fáctico.
En la resolución misionera, el ministerio de Gobierno instruye a la Dirección General del Registro de las Personas, “que arbitre los medios necesarios para facilitar los turnos”, para contraer matrimonio. Los plazos otorgados por el organismo provincial no deberán ser mayor a cinco días, “para no frustrar el espíritu y la efectivización del proceso”.
Asimismo, se aprobó el instructivo de procedimiento de implementación registral para la modalidad de celebración de matrimonios entre extranjeros, en todas las dependencias del Registro de las Personas de Misiones.