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miércoles, 24 abril, 2024
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    Conflicto interpoderes: el saldo del fallo de la Corte que fulminó la jugada de Cristina

    Escalada preanunciada luego de que máximo tribunal anulara partición de bloque K para alzarse con silla en el Consejo de la Magistratura. Mensajes envenenados y sombría proyección.

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    El fallo de la Corte Suprema que le dio la razón al senador de Juntos por el Cambio Luis Juez en su disputa por la banca que ocupó su par kirchnerista Martín Doñate en el Consejo de la Magistratura tiene dos registros de análisis bien diferenciados. El primero es político e implica haber asestado un estiletazo a la estrategia política de la vicepresidenta Cristina de Kirchner de partir en dos el bloque de Senadores, que a partir de ayer se convirtió en un mero “ardid” puesto a simular una situación que no es tal. En esa secuencia se inscribe la oportunidad de la decisión (nunca existe buen timming para el que pierde), pero por sobre todas las cosas, proyecta un ya indisimulable conflicto interpoderes, entre el Judicial y el Legislativo, más por la previsible reacción del bloque K que anticipó para hoy una conferencia de prensa donde denunciará un avasallamiento de sus facultades. La guerra abierta solo ordena una situación de hecho, en una relación sin retorno. Pero en la faceta política del fallo, otros receptores del mensaje del máximo Tribunal fueron los jueces de instancias inferiores, sobre todo del poderoso Contencioso Administrativo Federal que “debió” haber tomado nota de que podría haber sustancia en el amparo presentado por los opositores, en lugar de fascinarse con la jugada sorpresiva con la que Cristina rompió la perplejidad en la que había quedado todo el oficialismo.

    El segundo registro es jurídico y también permite algunas proyecciones. Básicamente, la Corte tomó el caso de Juez y lo utilizó de ejemplo para graficar que no es válido –en cuanto a la integración del Consejo de la Magistratura- que un bloque se divida para capturar una silla por la segunda minoría. Porque esa maniobra vulnera aspectos de buena fe, pero que tienen incidencia constitucional al tratarse de la composición del órgano de gobierno del Poder Judicial, donde se debe acunar la independencia de los magistrados. ¿Se le impide al bloque del Frente de Todos dividirse? No, pero haberlo hecho como parte de una estrategia y, además, luego del fallo de la Corte que ordenó volver al formato de 20 miembros, y tras los 120 días de gracia para cumplirlo, lo dejó fuera de plazo para considerarlo válido.

    Lo que sigue es la aplicación práctica: la Corte falló sobre un caso que se asomaba a las puertas de ser considerado “abstracto”. La pelea de Juez era por integrar la banca cuyo mandato comenzaba el 17 de mayo pasado y se extendía a mediados de noviembre, cuando toda la composición del órgano renovaba autoridades por el período 2022-2026. La verdadera. La salida de Doñate y une eventual jura de Juez es casi irrelevante. Pero lo que interesa es lo prescriptivo de la sentencia, porque alumbrará el siguiente paso del conflicto. Eso es lo que mira la política y traslada la pulseada al Congreso. La oposición insistirá en que ese lugar le corresponde como segunda minoría. El oficialismo -después del pataleo- puede argumentar que si la foto a diciembre era otra, la foto actual -dinámica- ofrece al bloque de Unidad Ciudadana ya escindido como segunda minoría. Todo materia de judicialización, lo que ayer había puesto al Consejo en un estado de alboroto. El problema de base es otro: al haber puesto en vigencia la ley que regulaba el Consejo que fue diseñada en 1998, la concepción de bloque acompañaba límites partidarios clásicamente delineados y no conocía nociones de coaliciones o interbloques con bordes difusos. Tampoco el Congreso pudo dar una discusión sólida y consensuada para adaptar la herramienta regulatoria al actual marco de acción.

    La decisión la firmaron Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz quienes deliberadamente se ubicaron a sí mismos en el centro de todos los cuestionamientos del kirchnerismo. Al primero, además, le achacan haber votado siendo parte del Consejo lo que, a su entender, no debería. Ricardo Lorenzetti no votó. Su enfoque acerca de que la Corte traspasó un límite al reinstaurar la ley previa a la reforma de 2006 bloquea su posición acerca de cómo operativizar la sentencia que prescribía cómo organizar el formato nuevo-viejo de 20 integrantes.

    De todas formas, el mensaje es inequívoco cuando el fallo menciona que se vulneró el principio de “buena fe” como guía de las relaciones jurídicas y subrayó la palabra “inoponible” (situación jurídica de un acto ineficaz respecto de determinadas personas) la partición del FdT para estos fines. Para la Corte, es como si nunca hubiera existido, lo que extiende los alcances más allá del caso. El Máximo Tribunal fustigó: “la realización de acciones que, con apariencia de legalidad, procuran la instrumentación de un artificio o artimaña para simular un hecho falso o disimular uno verdadero con ánimo de obtener un rédito o beneficio ilegítimo, recibe un enfático reproche en múltiples normas del ordenamiento jurídico argentino”. Pero la estocada fue más allá: “el respeto del Poder Judicial al ejercicio que hace otro poder del Estado de sus potestades propias nunca significó otorgar una patente de corso para burlar el debido proceso parlamentario”. Para la Corte se desconocieron las “más elementales reglas constitucionales”.

    Ante este escenario, lo más factible es una escalada. Su duración, un interrogante. El ansiado y deseable diálogo interpoderes, una quimera.

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