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viernes, 29 marzo, 2024
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    “Gestapo”: Cámara de Comodoro Py le remite a La Plata la decisión final

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    La Cámara Federal de La Plata deberá definir qué juez debe seguir investigando la causa conocida como “Gestapo” anti sindical, luego de que un juez de Comodoro Py pidió el expediente que hasta ahora tramita ante la Justicia platense y en el que fueron procesados exfuncionarios de la AFI y del gobierno de María Eugenia Vidal.

    Así lo decidió el camarista que integra la Cámara Federal porteña Eduardo Farah al resolver en un conflicto de competencia que se planteó tras una decisión del juez Marcelo Martinez de Giorgi de solicitar el caso a su par de La Plata Ernesto Kreplak.

    Se trata de la causa por los hechos ocurridos en una reunión en el Banco Provincia en junio de 2017, que fue filmada y en donde se habló de una “Gestapo” sindical para avanzar con denuncias contra el sindicalista Juan Pablo “Pata” Medina, que poco después sería detenido.

    El conflicto de competencia fue iniciado por uno de los imputados de la AFI, Juan Sebastián De Stefano, que fundó su pretensión en una supuesta conexidad entre la causa de espionaje ilegal a cargo de Martinez de Giorgi y la de la “Gestapo” que investiga Kreplak. El planteo sobre la competencia escaló ante la Cámara Federal porteña. Por sorteo le tocó intervenir y definir a Farah.

    Pero para el juez “la elevación” a la Cámara porteña que tiene su sede en Retiro es “incorrecta”. Sostiene que el que debe definir es su par de La Plata. Para fundar esa decisión el juez Farah repasó los expedientes: la causa que está a cargo de Martinez de Giorgi es sobre la supuesta conformación de una asociación ilícita por parte de diferentes funcionarios públicos (de la Agencia Federal de Inteligencia y otras dependencias) para la realización de determinados actos de inteligencia ilegal en diferentes espacios y con variados objetivos. Se trata de la conocida como “Super Mario Bros” que se inició en la Justicia federal de Lomas de Zamora.

    Mientras que el expediente que está en La Plata, se inició a fines de 2021 contra funcionarios de la Agencia Federal de Inteligencia y del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires durante 2015-2019, que participaron de una reunión en la sede capitalina del Banco de la Provincia de Buenos Aires, con el supuesto fin de llevar adelante una maniobra tendiente a perseguir, someter espuriamente a proceso y detener al representante de la UOCRA, Juan P. Medina.

    En ese marco, algunas partes imputadas postularon la incompetencia en favor del fuero federal de la Capital, por razones territoriales e invocando la relación con sumarios de este fuero.

    El camarista también aludió a la existencia de otro expediente: El 26 de noviembre de 2019, Juan Pablo Medina denunció en el fuero federal una maniobra de persecución contra él, con el fin de “armarle” causas penales y detenerlo, llevada adelante por funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional que ejercieron el poder entre 2015 y 2019, de la Provincia de Buenos Aires en igual período y a jueces provinciales y federales de esa provincia.

    Incluyó entre los supuestos responsables al entonces Presidente, a la Ministra de Seguridad y a autoridades de la Secretaría de Inteligencia, a la Gobernadora y al Ministro de Trabajo de la Provincia, entre otros. Estuvo a cargo del fiscal Carlos Stornelli, quien nunca tomó acción al respecto antes de conocerse el video en el que los protagonistas quedaron grabados. Ese expediente, según el camarista, no forma parte del conflicto de competencia.

    Cuando Martinez de Giorgi pidió el expediente de la “Gestapo”, su colega Kreplak rechazó entregarlo a los tribunales de Retiro.

    En síntesis, la resolución de la Cámara Federal fue: Para el juez Farah, cuando hay una contienda, porque el juez rechaza la remisión de la causa, y el magistrado requirente insiste en su planteo, (como en este caso) “corresponde que resuelva la Cámara de Apelaciones del juez que previno”, esto es la Cámara Federal de La Plata. El camarista resolvió “declarar mal elevadas las actuaciones y devolverlas al juzgado de primera instancia, a sus efectos”.

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