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viernes, 19 abril, 2024
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    La UIA, contra una ley que protege a trabajadores con HIV

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    La Unión Industrial Argentina (UIA) marcó diferencias fuertes con un proyecto de ley que protege a trabajadores con HIV, apuntando que trata como discriminación cualquier despido a personas que viven con ese virus. A tales fines, empezaron un raid epistolar por el Congreso, con la idea de pedirles a legisladores que revean algunos puntos de dicha norma. La norma en cuestión se titula “Ley Nacional de Respuesta Integral al HIV, las Hepatitis virales, la tuberculosis y enfermedades de transmisión sexual”, tiene como autora a Carolina Gaillard, diputada del Frente de Todos por Entre Ríos, pero cuenta con el acompañamiento de dirigentes de Juntos por el Cambio.

    El tema entre los industriales surgió por primera vez este martes, en la reunión de Junta Directiva, la mesa más federal de la casa fabril. En ese entorno, la entidad que conduce Daniel Funes de Rioja planteó que hay dos apartados, en A y B del artículo 10, que dan la pauta de que, si un empleador despide a un trabajador con alguna de las patologías antes mencionadas, ese despido está vinculado a cuestiones de discriminación.

    La norma describe a la “respuesta integral” como aquella que “garantiza la investigación, prevención, diagnóstico, tratamiento, cura, asistencia interdisciplinaria (social, legal, psicológica, médica, farmacológica y otras), educación y sensibilización de la población, acceso a la información veraz, suficiente y actualizada, y reducción de riesgos y daños del estigma, la discriminación y la criminalización hacia las personas con VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS”.

    Así, en el artículo 10 inciso A se precisa que “se deberá garantizar el derecho al trabajo y la estabilidad laboral de las personas con VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS o patologías asociadas, derivadas y concomitantes. Se prohíbe toda discriminación en el ámbito laboral por motivo de estas patologías. En ningún caso se podrá, motivado en el estado de salud del trabajador/a, realizar actos arbitrarios tales como: despidos, hostigamiento, suspensiones, reducciones salariales, cambios de puesto, violación de su confidencialidad, restricción de ascenso o promoción u otra forma de discriminación y/o violencia en el ámbito laboral”. Mientras que en el B “se presume, salvo prueba en contrario, que el despido del trabajador/a con VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis o ITS obedece a actos discriminatorios en razón de su salud. En tales casos, podrá reclamarse la indemnización especial prevista en el artículo 182 de la ley 20.744; o la nulidad del despido, a opción del trabajador/a”. Dicha normativa está acompañada por dirigentes de Cambiemos como Carla Carrizo, Maximiliano Ferraro y Silvia Lospenatto. Además de Romina del Pla, de la izquierda.

    Arranca el lobby

    Esos dos apartados del artículo 10 generaron sendas cartas de la UIA a legisladores. La nota, , se dirige a Diputados con acento en Carlos Heller, titular de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, y su par de Acción Social y Salud Pública, el tucumano Pablo Yedlin. Además, se giró con copia a Máximo Kirchner, Mario Negri, Cristian Ritondo, Alejandro “Topo” Rodríguez, Paula Olivetto y Luciano Laspina, entre otros.

    En el texto, la UIA, que apoyó masivamente la crítica a esta ley, apunta que la carta es para “expresar nuestra preocupación sobre algunos particulares del proyecto y su tratamiento”. Aclaran allí que la entidad “está comprometida con el cuidado de la salud de las personas, y en particular con la promoción de lugares de trabajo seguros, participa en forma permanente del Comité Consultivo Permanente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y durante la pandemia se ha dedicado especialmente a la prevención de las enfermedades transmisibles. Los sectores que representamos tienen años de experiencia en la concientización y prevención del VIH, así como en el respeto por la privacidad y la no discriminación de las personas con VIH”.

    De todos modos, observan que “el proyecto en debate cuenta con algunas previsiones que resultan preocupantes para los empleadores del sector privado, y en particular del sector industrial, cuando garantiza la estabilidad laboral y establece una presunción para los despidos de las personas con VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis o ITS; asumiendo que obedecen a actos discriminatorios en razón de su salud”. Especifican que, en primer lugar, “considerando que el artículo 10 del proyecto de ley en debate establece una serie de derechos y condiciones laborales (…) resulta preocupante que el proyecto no haya sido girado la Comisión de Legislación del Trabajo de la HCDN. Las excepciones que establece en esta materia tienen un gran impacto en el marco jurídico de las relaciones laborales, y resulta de suma importancia que su debate incluya el análisis de los congresistas expertos en la materia, incluyendo las voces de los actores del mundo del trabajo que cuentan con más experiencia en la materia”.

    Continúan diciendo que, “en todo caso, resulta muy preocupante la inclusión de los incisos a y b del artículo 10, por tanto, garantizan la estabilidad laboral de las personas con VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis o ITS, estableciendo una distinción sin precedentes para un universo de trabajadores de difícil determinación. En particular en cuanto se refiere a las personas con ITS, no resulta claro cómo se delimitaría temporalmente el alcance de esta protección en los casos en que no se trata de padecimientos crónicos”.

    “No podemos dejar de mencionar –apunta la UIA- que una norma que establezca esta garantía, podría generar incentivos contrarios a los fines perseguidos, con graves consecuencias para la población que se busca proteger”. Puntualizan también que “por los motivos expuestos aquí, reiteramos nuestra solicitud de que supriman del proyecto los incisos referidos, o bien se remitan a la Comisión de Legislación del Trabajo para un análisis minucioso de sus implicancias. Solicitud del mismo tenor ha sido remitida al Presidente de la Honorable Cámara”.

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