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viernes, 29 marzo, 2024
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    ¿Qué pasa con la Ley de Etiquetado Frontal?

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    La Ley de Etiquetado Frontal, que implica un avance fundamental tanto en términos de derecho a la información como a la salud, debería haber sido reglamentada antes del 11 de febrero. No ocurrió, pero fuentes del Ministerio de Salud –la autoridad de aplicación– aseguran que el borrador se encuentra “en la etapa de consenso final” con las carteras y secretarías “que participan tanto de esta instancia como en la posterior implementación”. No precisan cuál será la fecha en que se conocerá el texto final. Esta fase, como era de esperarse, estuvo atravesada por un fuerte lobby empresarial que procuró arrasar con aspectos muy delicados de la norma. Las organizaciones de la sociedad civil comprometidas con el tema mantienen la expectativa de que su espíritu quede intacto.

    Qué establece la Ley de Etiquetado frontal

    La Ley de Promoción de Alimentación Saludable (27.642) fue aprobada por la Cámara de Diputados el 26 de octubre, con 200 votos a favor, y promulgada el 12 de noviembre. Establece, entre otras cosas, un sistema de sellos (octógonos negros) que advertirá a la población sobre excesos en azúcares, sodio, grasas saturadas y totales y calorías de comestibles procesados y ultraprocesados. Además, tiene como ejes la regulación de la publicidad y los consumos en los entornos escolares. Su repercusión se dará en el plano de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles, que matan en el país a 686 personas por día, según datos de la última Encuesta Nacional de Factores de Riesgo (de 2019).

    El hermetismo en la reglamentación

    El Ministerio de Salud llevó adelante la tarea de la reglamentación con mucho “hermetismo”, coinciden referentes de las organizaciones, que quedaron fuera de la discusión desde fines de diciembre, cuando tuvieron la primera y última reunión con las autoridades. Pidieron otras pero no tuvieron éxito. Dos de ellas (Sanar y Fundeps) elevaron incluso un pedido de información pública para conocer detalles del proceso. Tampoco les respondieron. “Entendemos que están trabajando puertas adentro para mantener cierta distancia también con la industria y evitar su interferencia”, postula Mara García, integrante de la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (Fagran). “De todos modos, el lobby sigue tratando de achicar las exigencias y buscando mayor flexibilidad para reglamentar sellos, pensando más en su conveniencia económica que en la salud de la población, principal objetivo que persigue esta ley”, advierte.

    ¿Cuándo se reglamentará?

    En su momento, la ministra Carla Vizzotti indicó a la AM 750 que “el tiempo” de la reglamentación era “hasta marzo”. “Hay una fecha que repiten mucho puertas adentro del Ministerio, el 22 de marzo”, cuenta Ignacio Porras, de la Sociedad Argentina de Nutrición y Alimentos Reales (Sanar). Lo cierto es que tras la promulgación el Gobierno contaba con 90 días para la reglamentación y la definición de normas complementarias. Según el artículo 6 del Código Civil y Comercial se cuentan de manera corrida. “Si contás al 22 de marzo dan 90 días hábiles: un corrimiento de alrededor de 39 días. En realidad, el 11 de febrero debería haber estado el texto publicado”, suma el licenciado en Nutrición. En el intercambio con este diario, el Ministerio no dio a conocer cuál será la fecha en que se conocerá la letra chica de la ley; tampoco informó desde cuándo comenzarán a contarse los días que tienen las compañías para adecuarse a las exigencias del etiquetado, aunque podría suponerse que esto sería a partir de la reglamentación.

    ¿Qué pretende cambiarle la industria a la ley?

    El lobby antes de que la ley fuera aprobada por el Congreso fue muy fuerte. Y ahora, con el borrador en la instancia final, la presión no cesa. Lo dan a entender –aunque con sus palabras, claro– fuentes de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal), en diálogo. En principio, se manifiestan “a favor” de la ley: “La industria de alimentos y bebidas de Argentina siempre enfatizó la necesidad de conciliar las miradas y necesidades de todos los actores involucrados, para alcanzar una propuesta que permita informar al consumidor, el verdadero beneficiario, sin desatender la mirada y las preocupaciones del sector productivo”.

    No obstante, luego advierten que la norma contiene “una serie de inconsistencias” que “necesitan una revisión”. “Fue advertido por parte del sector privado desde el inicio de su debate. Esperamos que la reglamentación subsane estos aspectos y por ello nos pusimos a disposición para mantener las reuniones necesarias y trabajar en conjunto”, agregan. Ante la consulta de cuáles son esas inconsistencias que ven en la norma la respuesta es: “No disponemos de información”.

    Desde el Ministerio confirman que, de manera conjunta con Desarrollo Productivo, han recibido tanto a Copal como a la Cámara Argentina de la Industria de Bebidas sin Alcohol (Cadibsa), el Centro de la Industria Lechera Argentina (CIL), la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA) y la Asociación Nacional de Fabricantes de Productos de Dietética Infantil (ANDI).

    ¿Cuánto tiempo tienen las empresas para etiquetar sus productos?

    Se sabe que uno de los pedidos de la industria era extender los plazos para adecuarse a la norma, aunque ni el Gobierno ni la COPAL reconocen que esto haya estado sobre la mesa. Es el aspecto sobre el que más llamaron la atención los medios de comunicación, el que más ruido hizo. De acuerdo al texto, en un año los productos comercializados por las pymes ya deberían tener sellos, en tanto que para las grandes empresas el plazo es de seis meses. El proceso de adecuación al perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud –el que reconoce la ley– se concretará de manera gradual, en etapas que el Ministerio debe disponer, con un plazo final de dos años. Lo que las grandes empresas pretendían era que aquella fecha límite en la cual presentar sus productos etiquetados se extendiera de seis meses a un año.

    “El Ministerio ha avanzado en una agenda intersectorial con todos los actores involucrados en la reglamentación e implementación de la ley; ministerios y organismos públicos, organizaciones de la sociedad civil, representantes de las cámaras de la industria. Se han escuchado todas las voces a fin de llevar adelante una reglamentación responsable e integral, que permita la correcta implementación de una política pública que promueve hábitos saludables y el acceso a la información de forma clara y oportuna”, aseguran fuentes de la cartera. Nada revelan en torno a la gradualidad, una de las grandes incógnitas para la implementación. Sólo comunican que esto se consensuó “con organizaciones de la sociedad civil, OPS y Unicef”. Y respecto de los plazos, todo parece indicar que el Ministerio no dio el brazo a torcer ante la presión de los empresarios. Es lo que las organizaciones deducen por rumores de pasillo, y es lo que deja entrever esta respuesta oficial: “Los plazos que se consideran para la reglamentación son los establecidos entre los artículos 6, 19 y 20 de la ley”.

    ¿Qué cambios piden las empresas?

    “La industria pidió una barbaridad de cosas. Parece que está desesperada porque no le dan lugar a nada de lo que pide. Sí parece que les dieron un tiempo más a los envases retornables para adecuarse, 30 meses, solamente para aquellos que tienen litografiado”, detalla Porras.

    En un documento al que accedió este diario de manera extraoficial, la Copal plasma sus objetivos: ni más ni menos que modificar el perfil de nutrientes, el mejor estándar a nivel mundial. También, que no se exija una leyenda de advertencia de cafeína en los productos que tienen sellos y excluir los sellos de advertencia de azúcares y calorías en los edulcorantes de mesa. Otro ítem es que la industria, al parecer, demanda que no se declaren los nutrientes intrínsecos –esto es, el contenido de azúcares totales que la norma exige declarar– en productos que no sean alcanzados por sellos. “Lo correcto es hacer la declaración de azúcares en todos los productos e incluso el ideal sería el desglose en azúcares totales y azúcares libres añadidos, ya que confiere la máxima información para la toma decisiones de compra para la gente”, explica el licenciado en Nutrición. Ante la consulta de cuáles habían sido las demandas de las Cámaras y si se había hecho lugar a alguna o algunas de ellas no hubo respuesta desde el Ministerio.

    Otros rumores revelan prácticas puntuales de algunas firmas, que también han formado parte de la lógica de presión: trascendió que Kinder no quería perder el huevo con el juguetito y que Coca Cola insistió con poner el sello en la tapa de los envases retornables y no en la cara del producto. También, con extender el plazo de adecuación para esos envases a tres años. “Danone, Arcor, Pepsico” son, de acuerdo con Porras, otras de las marcas que interfirieron para “molestar, dilatar e interferir con la aplicación de una política de salud”. “La ley argentina es más exigente en términos de plazos y está buenísimo que así sea. Las empresas que hacen ruido con esto ya exportan a otros países. No es que hay un microemprendimiento de La Rioja haciendo ruido”, apunta.

    Otros aspectos clave a definir

    Entre los aspectos que quedan por definir, uno importante es el sello de calorías. Sobre esto sí hay información, aunque incompleta: “La autoridad de aplicación definió que en alimentos y bebidas analcohólicas corresponderá la aplicación del sello ‘exceso en calorías’ si presentan al menos un sello de exceso en azúcares y/o grasas totales y/o saturadas y cuando los límites del valor energético sean iguales o superiores a los establecidos en el artículo 6”. La primera parte de esta información coincide con lo que las organizaciones definen como conveniente. Pero lo cierto es que el artículo 6 nada especifica acerca de valores, por lo que permanece la incógnita. Por otro lado, a mediados de noviembre, tras la promulgación, las organizaciones habían hecho foco en otros puntos relevantes para la reglamentación: por ejemplo, claridad en las definiciones de procesados y ultraprocesados e identificación de las excepciones de manera detallada.

    Lo que se viene

    García se concentra en cómo se aplicará la norma en los entornos escolares, tema que Fagran trabaja hace mucho tiempo. “Esto viene para largo. La ley plantea la inclusión de temas alimentarios y nutricionales en la currícula, regula los alimentos que ofrecen las escuelas, se va a monitorear que no entren alimentos con un sello ni por el kiosco ni por el comedor. Puede bajar una lógica federal, pero cada provincia tiene realidades diferentes”, explica.

    Vencido el plazo y en un clima signado por el hermetismo, los rumores y el lobby, las organizaciones manifiestan cierta tranquilidad y mantienen la expectativa de que el Ministerio aplique “lo más fielmente posible la letra de los artículos de la ley en la reglamentación final para que su espíritu no se vea desdibujado”, en palabras de García. Para que, pronto, “la sociedad en su conjunto cuente con información clara y sencilla en los envases y pueda elegir de manera saludable qué llevar a sus mesas”.

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