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miércoles, 24 abril, 2024
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    Revés para Jaime Stiuso: no podrá acceder a la causa por el atentado a Cristina Kirchner

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    El exjefe de Operaciones de la vieja SIDE, Antonio Stiuso, recibió un revés en su intento de acceder a la causa que investiga el atentado contra la vida de la vicepresidenta Cristina Kirchner. El exhombre fuerte de los espías había pedido ser parte del caso luego de haberse enterado de que el principal imputado en ese hecho, Fernando Sabag Montiel, había buscado su nombre en internet.

    El insólito pedido de Stiuso fue presentado días atrás a la jueza María Eugenia Capuchetti, quien había rechazado de plano el intento. El rechazo final lo la Cámara Federal porteña, al ratificar la decisión de la magistrada.

    El pedido del ex espía

    El dato del cual el exespía intentó colgarse de la causa fue advertido tras un peritaje al teléfono de Sabag Montiel, el hombre que gatilló a centímetros del rostro de CFK el 1 de septiembre pasado.

    De la información sobre el teléfono de Sabag Montiel recuperada del almacenamiento en “la nube” surgió que, entre múltiples “googleos”, aparecía el nombre de Stiuso.

    Fue entonces que el ex hombre fuerte del espionaje presentó en el expediente una “la solicitud de tomar vista y/o conocimiento de la información que alude a su persona, obtenida del teléfono celular”.

    Alegó, para ello, que “existía en el caso un gravamen irreparable por afectación al derecho de acceso a la información pública, para lo cual invocó un interés legítimo”.

    Los argumentos del rechazo

    Capuchetti primero y los camaristas federales Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens después, desestimaron esos argumentos.

    Consideraron que “no se distingue, ni el impugnante logra demostrar de modo suficiente, cuál sería aquel actual y concreto gravamen irreparable que tal decisión le acarrearía y que habilitaría hacer lugar a la solicitud aquí analizada”.

     

    “Al interés que el recurrente debe tener para que se revise la decisión con la que discrepa, debe agregarse la existencia de un perjuicio efectivo. El agravio se encuentra compuesto por el interés y el perjuicio, y este último es justamente el que en el caso no se vislumbra”, refutaron los camaristas.

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