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viernes, 26 abril, 2024
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    Macri con sus economistas al banquillo.

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    El insólito crédito de casi 45 mil millones de dólares es un acto judiciable por la acumulación de irregularidades y por el destino de esos fondos

    Alberto Fernández impulsó una medida inédita para un Presidente en democracia: no sólo investigar la deuda externa y la fuga de esos dólares, sino también iniciar una querella criminal para los responsables. Falsa comparación de economistas mediáticos con la causa judicial “dólar futuro”. Al Capone cayó por evasión impositiva, no por sus peores delitos.

    Intervenir en el mercado cambiario a través del Banco Central mediante el instrumento financiero denominado “Contratos de dólar futuro” no es judiciable si se cumplen cada una de las normas de esa actividad. Esto fue lo que sucedió en el segundo mandato de Cristina Fernández.

    Igualar ambas situaciones busca desestimar la investigación acerca de cómo fue el proceso para recibir ese insólito crédito con el Fondo y cuestionar la orden impartida por el presidente Alberto Fernández de iniciar una demanda judicial a los responsables de ese ruinoso acuerdo. Es una estrategia política de confusión deliberada.

    Además de inaudito por el monto involucrado y de constituir la peor herencia dejada por el gobierno de Macri, el recorrido para la aprobación del crédito del FMI es opaco e irregular.

    El FMIgate  Fue detallado el domingo pasado en estas páginas, un día antes del discurso presidencial.

    Extraordinaria

    La decisión de Fernández es extraordinaria porque es la primera vez que un Presidente no sólo impulsa una investigación sobre el origen de la deuda externa y la posterior fuga de esos dólares, sino que avanza en disponer una querella criminal “a los autores y partícipes de la mayor administración fraudulenta y de la mayor malversación de caudales que nuestra memoria registra”.

    En la primavera democrática, el gobierno de Raúl Alfonsín había promovido una investigación en el Banco Central, bajo la conducción de Enrique García Vázquez, sobre el origen de la deuda de la dictadura militar, que en menos de un año quedó desactivada.

    La causa Olmos que tuvo sentencia condenatoria para los responsables de la deuda de la dictadura fue una iniciativa personal del historiador, sin consecuencias penales para los endeudadores y grupos económicos.

    La investigación sobre la fuga de capitales de 2001 fue una propuesta empujada en el Congreso a través de una comisión bicameral.

    Hace un año, Alberto Fernández, también en la inauguración de la Asamblea Legislativa, había reclamado al Banco Central una pesquisa acerca de la fuga de capitales en los años del vertiginoso endeudamiento macrista.

    Nunca antes un Presidente había emprendido el necesario paso adicional. Es lo que hizo ahora Alberto Fernández: exigió a quien corresponda de las áreas de gobierno que inicie una querella criminal a los responsables del FMIgate.

    Justicia

    Las políticas económicas no son judiciables y, por lo tanto, tampoco los instrumentos utilizados para desplegarlas. Pueden ser subir o bajar impuestos, privilegiar determinadas actividades con regímenes de promoción, intervenir en el mercado financiero a través de la tasa de interés, de contratos dólar futuro o de la compraventa de reservas del Banco Central, emitir deuda en pesos y en dólares en el mercado local o internacional, contraer préstamos con organismos multilaterales, o diseñar planes de administración de precios.

    Muchas otras herramientas están a mano de los gobiernos para ordenar una política económica específica. Es obvio que esas decisiones, con saldos positivos o negativos para el bienestar general y la estabilidad macroeconómica, no deberían ser motivo de causas judiciales.

    Ahora bien, cuando alguna de esas medidas u otras son implementadas en forma irregular y violando normas de procedimiento, o en abierto conflicto de intereses (beneficiando a funcionarios y familiares de ellos), o cometiendo ilícitos, como el provecho particular por el acceso a información privilegiada o por participar de una red de comisiones, deben ser castigados sus responsables luego de cumplir con los pasos procesales correspondientes en el ámbito de la Justicia.

    No hacerlo es consagrar la impunidad y convertir el aparato estatal en un vehículo de negocios espurios, con costos sociales y económicos muy elevados, los cuales son padecidos por los grupos vulnerados.

    No se trata de una cuestión moral o de oposición a cierta orientación de política económica; son delitos realizados por personas ejerciendo la función pública.

    Este es el caso del FMIgate; no así la absurda causa judicial “dólar futuro”.

    Complicidad

    El insólito crédito del FMI al gobierno de Mauricio Macri es políticamente cuestionable con consecuencias nocivas para la economía y la calidad de vida de la mayoría de la población, y será una carga pesada por muchos años. Como repite el coro afinado de economistas mediáticos, voceros del poder económico y medios de comunicación de derecha, no es judiciable tomar un préstamo con un organismo financiero internacional.

    Esta coordinada complicidad con el desastre financiero dejado por la alianza macrismo-radicalismo no considera, por conveniencia o por ignorancia, que el crédito con el FMI ha violado normas y procedimientos definidos por la Ley de Administración Financiera e incluso de la Constitución Nacional.

    Muchos pueden evaluar que se trata de formalidades y que los dólares del FMI llegaron a las arcas del Banco Central y, por lo tanto, no es para tanto esos desvíos. El detalle no menor es que se trató de desembolsos por un total de casi 45.000 millones de dólares, monto que exige cumplir estrictos criterios de control, autorización previa y estudios financieros sobre el manejo de pasivos públicos.

    Si esas condiciones para recibir un crédito de esa magnitud son consideradas cuestiones menores, que queda entonces para exigir a funcionarios sobre la responsabilidad en operaciones financieras de menor cuantía, licitaciones públicas o manejos de presupuestos por montos muchos más bajos.

    Como se informó en estas páginas a mediados del último año del gobierno de Macri y cuando el Frente de Todos estaba ocupado en otras cosas porque recién nacía, el crédito del FMI estaba flojo de papeles. No debería entonces ser una novedad ni generar sorpresa. Lo que sí alteró los nervios del establishment es que el presidente Alberto Fernández se haya puesto al frente y anunciara que iniciará una querella criminal por ese préstamo.

    Mesa de dinero

    La demanda judicial no es por el crédito en sí, sino porque los funcionarios responsables lo definieron y firmaron como si fueran dueños de una mesa de dinero clandestina. Lo suscribieron sin cumplir ninguna regla de procedimientos administrativos del Estado.

    No es un tema menor porque si esta fuera la forma de gobernar, las tareas de responsabilidad pública quedarían a la libre discrecionalidad de funcionarios. Y un préstamo total por 57 mil millones de dólares es lo suficientemente importante como para ser muy estrictos con las normas de procedimientos.

    Los economistas macristas (Nicolás Dujovne, Federico Sturzenegger, Luis Caputo, Hernán Lacunza y Guido Sandleris) se manejaron como patrones del Estado con la soberbia de que no tienen que dar cuenta a nadie.

    Un trabajo conjunto del Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas, con Eduardo “Vasco” Murúa, del Centro para la Integración Financiera/CEPPAS, con Eduardo Codianni, y de la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP), demostraron judicialmente que, para contraer el crédito más importante de la historia argentina y del propio FMI, el macrismo violó todas y cada una de las normas nacionales que determinan cómo se tienen que tomar decisiones administrativas de estas características (causas “Murúa” y “Codianni”).

    En concreto, con la estrategia y acciones administrativas y judiciales impulsadas a lo largo de casi tres años de ese trabajo colectivo se pudo demostrar, con documentos oficiales, que:

    1. El expediente a través del cual debió haber tramitado la decisión de contraer el crédito se inició el 21 de junio de 2018. Esto es, nueve días después de la firma de la Carta de Intención para solicitar el crédito. Sin expediente no hay procedimiento administrativo válido (artículo 7, incisos b y d, de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos –LNPA-).

    2. No se emitió dictamen jurídico previo a la firma de dicha Carta de Intención, y sin ese paso no hay decisión administrativa válida (artículo 7, inciso d, de la LNPA).

    3. No se emitió el dictamen técnico previo del Banco Central sobre el impacto del crédito en la balanza de pagos. Sin este dictamen toda deuda externa es nula (artículo 61 y 66 de la Ley de Administración Financiera N°24.156).

    4. No se dictaron actos administrativos que decidieran tomar el crédito (decreto presidencial ni resoluciones de Hacienda o del BCRA). El ministro de Hacienda y el presidente del Banco Central no tenían competencia para firmarlo solos; debió autorizarlo el Presidente (artículo 99, inciso 11, de la Constitución Nacional).

    5. Los datos y proyecciones que contienen los memorandos adjuntos a la Carta de Intención no se fundan en ningún estudio, informe, dictamen u opinión técnica. Sin causa válida toda decisión administrativa es nula (artículos 7, inciso b, y 14 de la LNPA).

    6. No hay constancia de haberse suscripto acuerdo alguno ni del acto de aprobación por parte del FMI, a pesar que la Carta dice que los memorandos “deben usarse para el diseño del acuerdo stand-by”.

    Fuga de capitales

    Los defensores del FMIgate afirman que el artículo 60 de la Ley de Administración Financiera exceptúa los créditos formalizados por el Poder Ejecutivo con organismos financieros internacionales. No es así.

    Un documento del Banco Central explica que no “se trató de un préstamo tomado para realizar inversiones para el desarrollo económico del país declaradas de interés nacional por ley o por el Poder Ejecutivo, único caso en que esa ley lo faculta a contratar préstamos con organismos internacionales a los que el país pertenezca como miembro, siempre que el préstamo se ajuste a las condiciones usuales de los respectivos convenios básicos, condición ésta que tampoco se cumplía por la excepcionalidad del monto en términos cuantitativos, a la luz de la cuota correspondiente a la Argentina”.

    El Banco Central indica que los dólares del crédito del Fondo (más otras reservas) abastecieron la fuga de capitales del sector privado, que en total alcanzó los 45.100 millones de dólares.

    Por lo tanto, el informe menciona que ante “la ausencia absoluta de medidas de contención de dicha fuga da cuenta de la flagrante violación a los términos del artículo VI del convenio constitutivo del FMI, aprobado por Argentina por Ley 21.648 que prohíbe la utilización de los recursos generales del Fondo para hacer frente a una salida considerable y continua de capitales”.

    Fuente: Pagina 12

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