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jueves, 25 abril, 2024
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    REPRO II: oficializan la extensión para los salarios de septiembre

    El Ministerio de Trabajo oficializó la extensión de la inscripción al 24 y el 30 de septiembre tanto para el REPRO como para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras independientes en sectores críticos. Cuáles son los requisitos para anotarse.

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    El Gobierno nacional extendió al mes de septiembre el Repro II que atiende el pago parcial de los salarios de los empleados de empresas afectadas por la crisis y el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos. Lo anunció a través del Boletín Oficial.
    En el caso del Repro II, el Ministerio de Trabajo comandado por Claudio Moroni, estableció que el plazo de inscripción al Programa para el período correspondiente a salarios devengados que estará comprendido entre el 24 y el 30 de septiembre. El “Programa Repro II, lanzado en noviembre del 2020, consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa.
    A continuación, fijó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio.

    A continuación, determinó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle:

    • Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: Agosto de 2019 y Agosto de 2021.
    • Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
    • Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Agosto 2021.
    • Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de Septiembre inclusive.
    • Corte de actualización CBU: 23 de Septiembre inclusive.

    En la misma sintonía, el Gobierno extendió el plazo de inscripción del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos en el mismo plazo, del 24 al 30 de septiembre. El Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos fue lanzado en abril de 2021, aunque en ese momento solo estaba enfocado para el sector gastronómico independiente. En mayo se amplió los alcances de la iniciativa y se modificó la denominación del programa.

    En este caso, se solicita acreditar a los potenciales beneficiarios:

    • Presentar una reducción de la facturación superior al veinte por ciento (20%) en términos reales, para el periodo comprendido entre agosto 2021 y agosto 2019.
    • Periodo de referencia de pagos a acreditar:
    • Autónomos: de 01/2021 hasta 07/2021
    • Monotributo: de 2/2021 hasta 8/2021
    • Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de septiembre de 2021 inclusive.
    • resolución 568
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