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jueves, 25 abril, 2024
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    La AFIP dispuso medidas de alivio para Corrientes y Misiones

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    La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió prorrogar por nueve meses las obligaciones fiscales de los contribuyentes y empresas afectadas por los incendios en las provincias de Misiones y Corrientes.

    Se trata de “medidas extraordinarias de alivio fiscal para las y los contribuyentes cuyas actividades económicas se encuentran severamente afectadas por los incendios en las provincias de Corrientes y Misiones”, indicó el organismo.

    Según la resolución general número 5158 que oficializó la prórroga, el pago de las obligaciones cuyos vencimientos originales estaban fijados entre marzo y diciembre de 2022 pasarán a enero y mayo de 2023.

    • Las obligaciones con vencimiento original del 1 de marzo al 30 de abril pasan al 23 de enero de 2023.
    • Del 1 de mayo al 30 de junio pasan al 22 de febrero de 2023.
    • Del 1 de julio al 31 de agosto pasan al 21 de marzo de 2023.
    • Del 1 septiembre al 31 de octubre pasan al 21 de abril de 2023.
    • Del 1 de noviembre al 31 de diciembre vencerán el 22 de mayo de 2023.

    ¿Cuáles son los impuestos alcanzados?

    Se trata de los anticipos de los impuestos a las ganancias, bienes personales, valor agregado, fondo para la educación y promoción cooperativa.

    La prórroga también alcanza a las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al monotributo.

    Además, quedarán suspendidas hasta el 31 de diciembre de 2022 las intimaciones, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y los embargos.

    “Cuando se trate de ejecuciones fiscales iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la normativa de la AFIP, las mismas serán paralizadas”, aclaró el organismo.

    “En caso que se hubieren trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, el organismo arbitrará los medios para el levantamiento de la medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente”, precisó la Afip.

    El organismo resolvió “excluir a los planes de facilidades de pago de los procesos de caducidad por falta de pago que correspondiera ejecutar entre los días 15 de marzo y 31 de diciembre de 2022”. Para quienes se encuentren en esta situación, el organismo dispuso una feria fiscal extraordinaria hasta el 31 de diciembre de 2022 y la refinanciación de planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes.

    ¿Cómo acceder al beneficio?

    Los contribuyentes comprendidos por la resolución deberán acceder desde el 7 de marzo de 2022 al servicio denominado “Sistema Registral”, opción “consulta/datos registrales/caracterizaciones”, de la AFIP.

    Las que no cuenten con los requisitos que el sistema pide para acceder al alivio fiscal en esa fecha tendrán hasta el 30 de abril de 2022 inclusive para aportar la documentación de respaldo mediante el servicio denominado “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Zona de Emergencia-Acreditación”.

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