“Los elementos de convicción reunidos permiten tener por acreditado, siempre con el grado de certeza propio de esta etapa procesal para la que sólo alcanza un juicio de probabilidad en función que de lo que se trata es de habilitar la base del juicio oral y público, que en las circunstancias de modo, tiempo y lugar reseñadas a lo largo de este decisorio, Julio Benjamín González Insfrán abusó sexualmente de su inferior jerárquica en su trabajo”, señala el auto de procesamiento del 7 de julio al que accedió este diario. Por razones de privacidad se reserva la identidad de la víctima.
Para el magistrado, “la materialidad del suceso ha quedado corroborada con el grado de certeza que requiere el presente estadio procesal, y la consecuente responsabilidad del incuso, a través de los relatos brindados por la propia damnificada, que a lo largo del procedimiento han mantenido una misma línea; también de las constancias de atención médica por ellas aportadas, en las cuales distintos profesionales de la salud y en distintas fechas han arribado a conclusiones coherentes y correspondientes entre sí, y fundamentalmente de su peritaje psicológico, que no sólo establece la verosimilitud de su relato, la observación de secuelas en ella compatibles con lo ventilado, la ausencia de influencia de terceras personas en sus acciones y la imposibilidad de que estas conclusiones pudieran estar ligadas a un episodio anterior”.
Según el relato de la víctima, en marzo de 2018 ingresó a trabajar al Centro de Patrones y a la obra social de la organización a las órdenes de otro dirigente pero rápidamente González Insfrán le habría hecho saber que estaría bajo su jefatura. Y que era “quien mandaba” y que por eso debía hacer “todo lo que pidiera” y “a su manera”. Tras dar cuenta de situaciones que la incomodaron, como citaciones al despacho del entonces secretario general para escucharlo cantar boleros, la denunciante afirmó que entre febrero de 2019 y noviembre de 2021 se habrían sucedido una serie de abusos siempre en el despacho de González Insfrán, sólo interrumpidos por los meses de mayores restricciones de circulación de la pandemia. Tras los últimos episodios de abuso la víctima dijo haber solicitado un cambio de área en su trabajo, lo que de acuerdo a su versión fue rechazado por el propio denunciado y que habría motivado que la amenazara con echarla.
En su declaración indagatoria el sindicalista negó los hechos, también la dependencia funcional que le endilgó su denunciante, le atribuyó supuestas inconductas y generar malestar entre sus pares, y hasta deslizó que las acusaciones pudieron tener que ver con el proceso electoral que estaba por arranca en diciembre del año pasado y que concluyó en febrero último con su desplazamiento de la secretaría general tras la victoria de un referente opositor. El magistrado desoyó esos argumentos y, al igual que el fiscal del caso, descartó las medidas de prueba ofrecidas por González Insfrán y avanzó sobre el procesamiento y el embargo aunque optó por mantenerle el beneficio de la libertad por entender que estuvo a derecho durante el proceso y no evidenció intenciones de entorpecerlo o de fugarse.