14.7 C
Posadas
jueves, 16 mayo, 2024
+SECCIONES

    Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas de este sábado

    Destacadas

    spot_img
    En vista a las elecciones de mañana 6 de junio, la Municipalidad de Posadas recordó que la Ley Electoral de Misiones prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde este sábado a las 20 hasta el domingo a las 22.

     

    También, en dicha Ley se prevé arresto de entre 30 y 40 días para aquellas personas que venden o suministran bebidas alcohólicas durante el horario fijado para el proceso electoral, 12 horas antes y hasta 3 horas después de finalizado los comicios

    Dentro de la Ley Electoral se incluye otros tipos de prohibiciones para garantizar el orden para el día domingo y mantener unas elecciones sin disturbios:

     

    -La venta de bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado hasta tres horas después del cierre de urnas.

     

    – Que los votantes se reúnan en grupos a menos de 80 metros de las mesas de votación.

     

    -Eventos o espectáculos deportivos, sean o no al aire libre, hasta tres horas pasadas del cierre de comicios.

     

    – Repartir boletas en un radio de 80 metros de los lugares de votación.

     

    – Los actos de proselitismo.

     

    – El uso de banderas o cualquier símbolo partidario.

     

    – La difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados.

     

    – La apertura de locales partidarios si están ubicados a menos de 80 metros de los lugares de votación.

     

    Al dar inicio a la veda electoral, a partir de ayer a las 8 horas, los candidatos no podrán brindar declaraciones ni actos proselitistas hasta el cierre de comicios.

     

    Además, tampoco se podrá publicar ni difundir encuestas hasta pasadas las 22 del domingo.

     

    -Partidos y agrupaciones políticas: si incumplen con la veda perderán varios derechos, como ser contribuciones, subsidios y recursos de financiamiento público anual por un plazo de uno a cuatro años. Además, dejaran de percibir fondos para la siguiente o siguientes dos elecciones.

     

    – Personas físicas o jurídicas: Si no se respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en tele, radio y medios gráficos deberán pagar las multas correspondientes.

    spot_img
    spot_img
    spot_img
    spot_img
    spot_img

    Últimas noticias